Ricardo Sixto pregunta al gobierno por el informe de la Fiscalía sobre el asalto al Mavi Marmara

Pregunta parlamentaria nº 184/014969

A la Mesa del Congreso de los Diputados

Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, el Diputado que suscribe formula la siguiente pregunta dirigida al Gobierno para su respuesta escrita.

Según se ha podido conocer la Fiscalía de la Audiencia Nacional mantiene que los hechos denunciados en la querella interpuesta por los cooperantes Manuel Tapial, Laura Arau y David Segarra y por el Comité de Solidaridad con la Causa Arabe contra el jefe de Gobierno israelí, Benjamin Netanyahu, los seis ministros con los que preparó la operación y el vicealmirante que dirigió el asalto a la denominada «flotilla de la libertad», que pretendía romper el bloqueo a Gaza con un cargamento de ayuda humanitaria, son constitutivos de delitos de Lesa Humanidad y Crímenes de Guerra contemplados en el catálogo del Estatuto del Tribunal Penal Internacional (TPI).

Dichos delitos se han cometido bajo la vigencia del citado Estatuto en territorio de un país que ha ratificado el Estatuto de Roma. Sobre esta base, la Fiscalía defiende la competencia del Tribunal Penal Internacional, debiendo el Juez que instruye la causa remitir las actuaciones al Ministerio de Justicia para que se ponga en marcha el procedimiento previsto en la Ley de Cooperación con la Corte Penal Internacional. Conforme a esa norma, corresponde en exclusiva al Consejo de Ministros valorar si procede la presentación de una denuncia ante la Fiscalía del TPI.

 

La Fiscalía solicita al mismo tiempo el archivo de las diligencias previas abiertas en la Audiencia Nacional, puesto que la misma norma establece que, «siempre que pueda ser competente la CPI, los órganos judiciales españoles se abstendrán de todo procedimiento».

Sin embargo, el referido informe de la Fiscalía también señala que la Audiencia Nacional seria competente para investigar el asalto en caso de inactividad por parte del TPI, dado que se reúnen todos los requisitos para que la justicia española investigue el asalto si no lo hace el TPI.

En caso de que el Juez Instructor, conforme señala la Fiscalía de la Audiencia Nacional, acuerde su remisión al Ministerio de Justicia para que se ponga en marcha el procedimiento previsto en la Ley de Cooperación con la Corte Internacional, se formula la siguiente pregunta al Gobierno para su respuesta por escrito:

¿Ha previsto el Gobierno la posibilidad de interponer denuncia ante el Tribunal Penal Internacional por los supuestos delitos de Lesa Humanidad y Crímenes de Guerra en el caso del asalto a la «Flotilla de la libertad» el 31 de mayo de 2010?

Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de enero de 2013.—Ricardo Sixto Iglesias, Diputado.